De esta forma, Tráfico compensa el exceso de peso que conllevan las baterías para las furgonetas con motor eléctrico y los depósitos de gas de los vehículos ecológicos. Así, si cualquiera de estas variantes sobrepasa los 3.500 kilos, y siempre que no exceda de 4.250 kilos, puede ser conducido por aquellos profesionales que cuenten con una antigüedad de dos años de la licencia de conducción B, con lo que no se les exigirá la obtención de la licencia C, estipulada para los vehículos con MMA superior a 3,5 toneladas.
Tras conocer esta resolución, el secretario general de UNO, Francisco Aranda, ha afirmado que “se trata de una decisión fundamental para incentivar el uso de vehículos ecológicos en el sector logístico español. Hemos venido trabajando intensamente con la DGT en esta línea para materializar una compensación que evitara la exigencia de la obtención del permiso de conducción C para los vehículos ecológicos que por el peso de sus baterías o tanques superaran los 3.500 kilos”.
La reforma de la directiva europea del CAP, centrada en la cualificación inicial y la formación continua de los conductores del transporte de mercancías o de viajeros por carretera, así como la del permiso de conducción ha llevado a la Comisión Europea a contemplar esta autorización.
Para su aplicación en España es necesario que, tras la publicación de la directiva que modifica tanto el CAP como el permiso de conducción, la DGT proceda a su trasposición al Reglamento General de Conductores.
La patronal logística ha aprovechado esta medida para hacer un llamamiento a las distintas Administraciones públicas para que promuevan incentivos a la incorporación de vehículos ecológicos para las flotas de logística y transporte.