Nueva normativa sobre las ITV

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El próximo 20 de mayo entra en vigor la nueva normativa de las ITV, de la que TÜV Rheinland, compañía especializada en servicios técnicos, de seguridad y certificación a nivel mundial, y que cuenta con 25 ITV repartidas por todo el país, detalla cuáles son los principales cambios.    

Así, es necesario tener en cuenta una serie de cambios en los procedimientos y equipos de diagnóstico e inspección, en la formación del personal y en las propias instalaciones.

Por lo pronto, se permitirá pasar la ITV antes de la fecha prevista hasta con 30 días de antelación. Además, se mantendrá la fecha de la siguiente revisión con independencia del momento en que se produzca la anterior, siempre que ese adelanto no supere el mes.

En cuanto a las segundas inspecciones, en caso de que el informe sea desfavorable, pueden realizarse en cualquier estación, siempre que se disponga de los datos de los defectos de la primera inspección mediante presentación del correspondiente informe.

Al tratarse de una adaptación de la legislación europea, un certificado de inspección periódica será perfectamente válido aunque éste se emita en otros países miembros de la Unión Europea. Si se compra un coche en el extranjero, el proceso de matriculación en España sería más cómodo.

Las estaciones de ITV requerirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección ordinaria o extraordinaria del vehículo.

Además, desaparecen las inspecciones con resultado “Favorable con Defectos Leves”, quedando sólo en Favorables o Desfavorables.

Otro de los cambios es el requisito de antigüedad para la concesión de la matrícula histórica. Este elemento, que hasta ahora se establecía en los 25 años, pasará a ser de 30 años desde su fabricación o desde su primera matriculación.

En cuanto a la revisión del kilometraje, las estaciones de ITV continuarán anotando el kilometraje del vehículo y deberán comprobar además que no exista una clara manipulación del cuentaquilómetros o que no se encuentre claramente fuera de servicio.

Todas las estaciones trabajarán con los nuevos dispositivos de lectura OBD que comprobarán únicamente el funcionamiento de los sistemas de control de emisiones (E-OBD). Este protocolo se aplicará a partir de septiembre de 2018 para vehículos fabricados a partir de 2006 (vehículos ligeros Euro 5 y Euro 6 – Vehículos pesados Euro VI).

Al mismo tiempo, en relación a los trabajadores, la nueva norma actualiza los requisitos de cualificación del personal y, por primera vez, exige la titulación de Técnico Superior de Automoción como nivel mínimo. Incorpora también la formación a distancia.

Por último, se flexibilizan requisitos para los ‘rent a car’, que van a tener que realizar la primera inspección a los cuatro años de la matriculación en lugar de a partir del segundo, como venían haciendo hasta ahora.

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Saúl Camero

Periodista con 18 años de experiencia en el sector el motor, es especialista en vehículos comerciales y todo lo relacionado con el mundo “furgonetero”: pruebas, contactos, comparativas, técnica, etc.

También cuenta con un amplio bagaje en el sector del transporte profesional y el asociacionismo como redactor de las revistas Transporte Profesional y Truck.

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