Para superar el proceso de inspección técnica y, por tanto, para garantizar la seguridad antes de lanzarse a la carretera, en el caso de los vehículos históricos, al tratarse de coches clásicos, será más fácil que presenten defectos que comprometan su seguridad en la vía.
Lo mismo sucede con motocicletas y furgonetas, vehículos que están sujetos a ciertas particularidades, pero, en ningún caso, están exentos de cumplir con la ITV. Para evitar sanciones, accidentes o problemas derivados de la gestión ante la compañía de seguros, los expertos de TÜV SÜD recuerdan cuáles son los requisitos más importantes en cada uno de ellos, de los que destacamos los relacionados con las furgonetas.
Vehículos comerciales
- Para comprobar la periodicidad debemos fijarnos en la clasificación de nuestra furgoneta y su antigüedad. La furgoneta es considerada un turismo y, por tanto, debe pasar la primera ITV a los cuatro años y, entre 4 y 10 años de antigüedad, la revisión será anual.
- Todas las furgonetas de uso privado dedicadas al transporte de personas con un máximo de 9 plazas (incluye las furgonetas camperizadas) deberán pasar la inspección con esta periodicidad.
- En el caso de furgonetas para transporte de mercancías de menos de 3,5 toneladas de MMA, deberán pasar la primera ITV a los 2 años de su matriculación y, si tiene entre 2 y 6 años de antigüedad, será bienal; entre 6 y 10 años, deberá acudir anualmente; y a partir de 10, cada 6 meses.
- En el caso de furgonetas mixtas la periodicidad ITV es más restrictiva. En general, las furgonetas suelen salir a la venta como vehículos mixtos, porque esto les permite a los fabricantes reducir su precio de venta. No obstante, la mayoría de las furgonetas vienen homologadas para poder cambiar su clasificación y es habitual que a muchos conductores les interese tener catalogada su furgoneta como vehículo turismo. Para ello, deberán someterse a una inspección con motivo de reforma.