La Dirección General de Tráfico (DGT) ha hecho público el estudio realizado por el Observatorio Nacional de Seguridad Vial sobre la Siniestralidad de las Furgonetas en 2018.
Durante los cuatro días que duró la campaña de vigilancia de furgonetas (28-31 de octubre) llevada a cabo por la Dirección General de Tráfico (DGT), los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia detectaron a 116 conductores de este tipo de vehículos conduciendo con presencia de alcohol o drogas en el organismo.
En relación con la campaña especial desarrollada por la Dirección General de Tráfico (DGT) para intensificar los controles y la vigilancia de furgonetas entre el 28 y 31 de octubre pasados, desde la Comisión de Recambios de SERNAUTO se quiere incidir en la importancia de revisar y mantener adecuadamente los vehículos para la seguridad vial.
Durante la celebración de las XXVIII Jornadas Nacionales de ITV celebradas recientemente en Zaragoza, organizadas por la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), en la que participaron más de 250 profesionales implicados en la ITV, se mostró una gran preocupación por el alto índice de absentismo en las inspecciones técnicas de los vehículos.
La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) ha mostrado su preocupación por el aumento en los últimos años de los índices de siniestralidad vial que soporta el subsector del transporte en furgonetas.
El pasado 2 de marzo, el Boletín Oficial del Estado publicó la reforma del Código Penal que endurece las penas por imprudencias al volante, al incluir como agravantes el exceso de velocidad y el consumo de alcohol y drogas, penalizando asimismo las lesiones causadas por estas conductas y sancionando igualmente el abandono del lugar del accidente.
Desde el 29 de enero se encuentra en vigor la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación sobre los límites de velocidad en carreteras convencionales, que establece como velocidad genérica máxima los 90 km/h, si bien para furgonetas la velocidad se reduce a los 80 km/h.
En 2018 fallecieron 73 personas -conductores y pasajeros- que circulaban en furgonetas hasta 3.500 kilos de MMA, lo que supone un 9,8% menos que en el año 2017, en el que perdieron la vida 81 personas.
El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación referido a los límites de velocidad en las carreteras convencionales, que queda establecido en 90 km/h.
El Real Automóvil Club de España (RACE), como miembro del Programa EuroRAP, ha sido participe en la elaboración del informe en el que se analiza el nivel de riesgo en las vías que forman la Red de Carreteras del Estado (RCE).