El Boletín Oficial del Estado publicaba el pasado 11 de julio el Real Decreto 633/2015 el límite por el que los trabajadores autónomos podrán tributar en el régimen de módulos, establecido en 75.000 euros, sólo si el transportista trabaja para otro empresario o para un profesional que actúe como tal. Si no es así, se acepta una facturación (sin IVA) igual o inferior a 150.000 euros.
La enmienda en la Ley de Presupuestos para 2016 que plantea Hacienda, habla de incrementar el límite a aplicar a partir del año que viene. De tal forma, los transportistas autónomos cuyo volumen de rendimientos íntegros en 2105 no supere los 125.000 euros podrán seguir acogiéndose al régimen de módulos, salvo que trabaje principalmente para clientes particulares, en cuyo caso el límite de facturación se establece en 250.000 euros.
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